DERECHOS DE LOS
DOCENTES Y DIRECTIVOS.
Además de los derechos contemplados en la
Constitución política y lo dispuesto en este manual de convivencia, los
docentes y directivos tendrán los siguientes derechos:
1)
Derecho
a disfrutar de la seguridad social en la forma y condiciones previstas en la
ley.
2) Derecho a recibir capacitación de parte del colegio
o de otras instituciones para el mejor
desempeño de sus funciones.
3) Derecho a
participar en todos los programas de bienestar social
4) Derecho a disfrutar de estímulos, tales como premio
en la ceremonia de clausura premio al mejor maestro
5) Derecho a obtener permisos y licencias en los casos
previstos en la ley y a disfrutar de las licencias por enfermedad y maternidad
de acuerdo con el régimen de seguridad social vigente.
6) Derecho a participar en el gobierno escolar
directamente o por medio de sus representantes en los órganos escolares.
7) Derecho a
que se le respeten los derechos consagrados en la Constitución, las leyes, las ordenanzas, los acuerdos
municipales, los reglamentos y manuales de funciones
8) Derecho a
recibir TRATO JUSTO Y RESPETUOSO por parte de los compañeros, padres de
familia, personal administrativo, de servicios generales y estudiantes.
9) Derecho a conocer y ser instruidos sobre el
direccionamiento estratégico del PEI., en sus cuatro gestiones según la guía 34
del MEN.
10)
Derecho
a expresar libremente sus pensamientos, respetando la filosofía y horizonte de
la comunidad educativa.
11)
Derecho a participar activamente en foros,
convivencias, celebraciones, actos deportivos y culturales, programados por el
colegio, para mejorar su formación personal, y para mayor integración con la Comunidad
Educativa.
12)
Derecho
a participar y beneficiarse de los cursos de actualización programados para el mejoramiento
de la prestación de su servicio educativo.
13)
Derecho a la intimidad evitando que el
personal que labora en la institución de la información sobre los datos personales,
domicilio, teléfono y demás aspectos de la vida personal a estudiante, padres
de familia y demás personas que lo soliciten.
14)
Derecho
a participar en la elaboración del Manual de Convivencia, planes de estudio,
planes de mejoramiento y reformulación del PEI. Aportando ideas, debatiendo
sugerencias que permitan una mejor marcha al colegio.
15)
Derecho
a conocer oportunamente todo tipo de información que comprometa su desempeño o
se relacione con la vida institucional y que pueda afectar su integridad o
imagen.
16)
Derecho
a ser informado respetando y siguiendo el conducto regular sobre cualquier
situación donde se encuentre implicado y pueda afectar su desempeño.
B.DEBERES DE LOS
DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTE.
Además de los deberes contemplados en la
Constitución política, y lo dispuesto en este manual de convivencia,
los docentes y directivos tendrán los siguientes deberes:
1)
Deber
de evaluar de manera integral en todos sus aspectos académicos, personales y
sociales a sus estudiantes como lo indica el artículo 12 numeral 1 del decreto
1290.
2) Deber de
cumplir y hacer que se cumplan los deberes contenidos en la Constitución, y las órdenes de sus superiores que formen
parte de su labor, además eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea
encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o
perturbación injustificada de un servicio esencial, o que implique abuso
indebido del cargo.
3) Deber de
utilizar los bienes y recursos asignados para el desempeño de su empleo o cargo,
las facultades que le sean atribuidas, o la información reservada a que tenga
acceso por razón de su función, en forma exclusiva para los fines a que están
afectos.
4) Deber de
custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo o
cargo conserve bajo su cuidado o a la
cual tenga acceso, e impedir o evitar la sustracción, destrucción, ocultamiento
o utilización indebidos.
5) Deber de tratar con respeto, imparcialidad y
rectitud a las personas con que tenga relación por razón del servicio.
6) Deber de mantener relaciones cordiales con los
padres de familia, acudientes, estudiantes y compañeros de trabajo, promoviendo
una firme vinculación y una cooperación vital entre la escuela y la comunidad
7) Deber de desempeñar el empleo o cargo con
compromiso, responsabilidad, calidad y
cumplimiento sin obtener o pretender beneficios adicionales a las contraprestaciones
legales cuando a ellas tenga derecho.
8) Deber de realizar personalmente las tareas que le
sean confiadas, responder por el ejercicio de la autoridad que se le delegue,
así como por la ejecución de las órdenes que imparta, sin que en las
situaciones anteriores quede exento de la responsabilidad que le incumbe
9) Deber de
dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de sus funciones.
10)
Deber
de registrar en la oficina, su domicilio o dirección de residencia y teléfono,
y dar aviso oportuno de cualquier cambio.
11)
Deber
de ejercer sus funciones consultando permanentemente los intereses del bien
común, y teniendo siempre presente que los servicios que presta constituyen el
reconocimiento y efectividad de un derecho y buscan la satisfacción de las
necesidades generales de todos los ciudadanos.
12)
Deber
de permanecer todos los informes al día, para que esto sirva de suministro a la
gestión académica y como beneficio de su
gestión y de los estudiantes a su cargo
13)
Deber
de vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y
los del colegio y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, de
conformidad con los fines a que han sido destinados.
14)
Deber
de poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar el
funcionamiento de la administración y proponer las iniciativas que estime
útiles para el mejoramiento del servicio.
15)
Deber
de recibir, tramitar y resolver las quejas que presenten los miembros de la
comunidad.
16)
Deber
de actuar con imparcialidad, asegurando y garantizando los derechos de todas
las personas, sin ningún tipo de discriminación.
17)
Deber
de buscar de manera permanente el incremento de la calidad del proceso de
enseñanza – aprendizaje y sus resultados, mediante la investigación, la
innovación y el mejoramiento continuo.
18)
Deber
de educar a los estudiantes en los principios democráticos y en el respeto a la
ley, las instituciones, a los valores históricos y culturales de la Nación.
19)
Deber
de observar una conducta acorde con la función educativa y con los fines,
objetivos, derechos, principios y criterios establecidos en la ley general de
educación.
20)
Deber
de reflejar en sus actitudes y desempeños pedagógicos ante los estudiantes, una
profunda vida de buena moral y sanas costumbres, en una acción social de
valores como conjunto que haga parte de su autoridad moral.
21)
Deber
de orientar al Estudiante en el seguimiento y la práctica de la filosofía
institucional manifiesta en el PEI. Como parte de su labor formadora
22)
Deber
de profesionalizarse y actualizarse por su cuenta en los avances y
conocimientos educativos, científicos y pedagógicos vigentes de la época.
23)
Deber
de crear en el estudiante principios y hábitos de investigación, estimulándolo
como una persona líder y promoviendo su superación personal.
24)
Deber
de dar a conocer los símbolos patrios e institucionales orientando su
correspondiente significado e inculcando en el Estudiante el respeto hacia
ellos, las fechas especiales en actos cívicos y culturales, y las demás
celebraciones que programe la institución educativa.
25)
Deber
de cuidar su presentación personal y mostrar pulcritud y buena presentación
como ejemplo vivo para sus estudiantes.
26)
Deber
de acompañar activamente a los estudiantes en las diferentes actividades
grupales que promueva el colegio, dando ejemplo de participación y sentido de
pertenencia.
27)
Deber
de atender a los estudiantes y padres de familia o acudientes en los horarios
previamente establecidos para el caso, informando sobre el rendimiento
académico y de convivencia social de los estudiantes a su cargo.
28)
Deber
de conocer y aplicar correctamente el Pacto de Convivencia de la Institución, haciendo
buen uso de la autoridad que este le permite.
29)
Deber
de diligenciar correctamente los instrumentos de control y seguimiento, como control
de ausencias, anotador de aprendizaje, observador del estudiante, plan de aula,
plan de estudios, proyectos, estadísticas, planillas de evaluación etc.
30)
Deber
de asistir a las reuniones programadas por los directivos
31)
Deber
de evitar hacer comentarios de otros compañeros o de la vida institucional que
puedan alterar o afectar el buen ánimo de trabajo, el clima institucional o el
ambiente escolar.
32)
Deber
de atender siempre con formalidad, amabilidad y respeto a todas las personas
que soliciten de su atención.
33)
Deber
de solicitar el paz y salvo de su labor para efectos de pagos
C. PROHIBICIONES PARA
LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES
Teniendo en la constitución política y este pacto
de convivencia, a los docentes y directivos del colegio les están prohibidos los siguientes aspectos:
1)
Prohibido
utilizar sanciones crueles, humillantes o degradantes que conlleven maltrato
físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de
alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo
cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar como lo dispone el artículo
45 de la ley 1098.
2) Prohibido incumplir los deberes o abusar de los
derechos o extralimitar sus funciones
3) Prohibido imponer a otros trabajos ajenos a su labor
o impedirle el cumplimiento de sus deberes.
4) Prohibido solicitar, directa o indirectamente,
dádivas, agasajos, regalos, favores o cualquier otra clase de beneficios.
5) Prohibido
omitir, negar, retardar o entrabar el despacho de los asuntos a su cargo o la
prestación del servicio a que está obligado.
6) Prohibido omitir, retardar o no suministrar debida
y oportuna respuesta a las peticiones respetuosas de los particulares
7) Prohibido
ejecutar en el lugar de trabajo actos que atenten contra la moral o las buenas
costumbres.
8) Prohibido proporcionar dato inexacto o presentar
documentos ideológicamente falsos u omitir información que tenga incidencia en
su vinculación
9) Prohibido ocasionar daño o dar lugar a la pérdida
de bienes, elementos, expedientes o documentos que hayan llegado a su poder y
que formen parte de los bienes del colegio.
10)
Prohibido
dar lugar al acceso o exhibir documentos o archivos a personas no autorizadas.
11)
Prohibido vender objetos o mercancías a los
estudiantes o dentro del colegio y que sean para beneficio propio o de terceros.
12)
Prohibido
asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas
narcóticas o estupefacientes.
13)
Prohibido
atentar o incitar a otros a atentar contra los bienes del colegio
14)
Prohibido salir con los estudiantes a cumplir
con jornadas académicas, pedagógicas o recreativas por fuera del colegio, sin
la autorización de la rectora y sin
encontrarse la actividad reportada en el cronograma de actividades anuales de
la institución.
15)
Prohibido
visitar la casa de los estudiantes, o familiares de estos
16)
Prohibido
recibir detalles, obsequios, al menos que sea en épocas que son de tradición
darlos tales como amor y amistad, día del maestro, cumpleaños
17)
Prohibido
publicar fotos o hacer comentarios de la comunidad educativa en sus redes
sociales
18)
Prohibido
publicar, donar, vender a terceros los documentos que el colegio le ha dado
para el buen ejercicio de su labor
19)
Prohibido
hacer comentarios a terceros que afecten el buen nombre del colegio
20)
Prohibido
hacer comentarios o manifestaciones que
afecten la honra, integridad o el buen nombre del colegio o de algún
miembro de la comunidad mencionada en el manual de convivencia
21)
Prohibido
sostener relaciones sentimentales de pareja con otro trabajador de la
institución o con los estudiantes
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