SANA CONVIVENCIA
11.1 DEBERES O COMPORTAMIENTOS DESEABLES.
Comportamientos deseables: El colegio GENERAL PEDRO
ALCANTARA HERRAN, tiene para sus estudiantes la aspiración legítima de que
estos se distingan por los siguientes comportamientos:
1.
El
trato cortes con los compañeros y demás personas de la comunidad.
2.
La excelencia, y el cumplimiento con los
compromisos académicos y de convivencia definidos en el presente manual.
3.
Cumplir con las recomendaciones y compromisos
adquiridos para la superación de sus debilidades.
4.
El
buen comportamiento disciplinario
5.
La
Excelente presentación personal y comportamental en todos los espacios que
tengan relación con el desarrollo de las actividades: académica, social,
cívica, deportiva y religiosa del colegio.
6.
Llevar
el uniforme según modelo establecido, bien presentado, muy limpio, sin adornos
y accesorios, utilizándolo solo para las actividades escolares y extraescolares
permitidas por el manual de convivencia.
7.
La
solidaridad, expresada en el respeto al conocimiento, al medio ambiente y a las
relaciones humanas.
8.
La
participación activa en la vida del colegio, buscando con ello beneficiar
fundamentalmente los intereses del colectivo.
9.
La
colaboración comprometida en actividades tendientes a incrementar el desarrollo
humano, académico o social.
10.
La
práctica de una tolerancia responsable, defendiendo siempre los derechos a la
igualdad y al reconocimiento de todos los miembros de la familia GEPAH
11. La
puntualidad y el cumplimiento tanto en la vida académica como en las relaciones
interpersonales.
12.
Colaborar
con el resto de la comunidad educativa en el cumplimiento del manual de
convivencia.
11.2. COMPORTAMIENTOS
NO DESEABLES.
Existe un conjunto de comportamientos que con
frecuencia entorpecen la convivencia diaria al interior del colegio.
Estos comportamientos se establecerán a la par con
los principios, valores y reglas establecidos tanto en el manual de convivencia
y disciplina como en el reglamento
académico, objeto de formación del estudiante y de sanción en caso de ser
violados, se enfatizara en el carácter formativo de su aplicación.
11.3. DERECHOS, DEBERES
Y LIBERTADES DE LOS ESTUDIANTES.
Quienes se matriculan en el colegio lo hacen porque se identifican plenamente con
su horizonte institucional definido en la gestión directiva del PEI, además
porque conocen y aceptan plenamente lo dispuesto en las normas legales,
reconociendo que estos documentos rigen los lineamientos educativos y de
convivencia social, por esta razón, al matricularse reconocen que sus derechos,
deberes y libertades son los siguientes:
A. DERECHOS
DE LOS ESTUDIANTES.
1)
Ser
evaluados de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y
sociales
2) Conocer el sistema institucional de evaluación de
los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y
promoción desde el inicio de año escolar.
3) Conocer los resultados de los procesos de
evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y
solicitudes presentadas respecto a estas.
4) . Recibir la asesoría y acompañamiento de los
docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje.
5) Derecho a conocer, leer y aceptar el presente PACTO
DE CONVIVENCIA y recibir una formación integral acorde con el horizonte
promovido por el colegio
6) Derecho al debido proceso como lo indica el
artículo 29 de la constitución política y el artículo 26 de la ley 1098
teniendo en cuenta los pasos descritos en este pacto de convivencia y en el
sistema de evaluación y promoción
7) Derecho a recibir una inducción sobre el horizonte
institucional y los principios fundamentales del pacto de convivencia,
derechos, deberes y libertades.
8) Derecho a recibir un trato amable, afectivo y
comedido de directivos, docentes y demás personal que labora en el colegio.
9) Derecho al descanso, al libre y sano esparcimiento,
al deporte, al arte y a la cultura promovida por el colegio
10)
Derecho
a utilizar las instalaciones del colegio, los materiales, recursos pedagógicos
y didácticos, la dotación de implementos deportivos con que cuenta el colegio dentro de la jornada escolar.
11)
Derecho
a recibir clases de sus docentes a través de explicaciones y ponencias claras,
concretas, amenas y agradables que apunten a desarrollar el aprendizaje
significativo.
12)
Derecho
a solicitar nueva explicación a sus docentes cuando HONESTAMENTE no comprendan
el tema de la clase y hayan estado atento al desarrollo de las mismas.
13)
Derecho
a promover y participar en actividades de tipo académico, pedagógico cultural,
deportivo, recreativo y de uso adecuado de su tiempo libre.
14)
Derecho
a ser reconocidos y llamados por sus nombres de pila o apellidos.
15)
Derecho
a conocer sus notas o valoraciones integrales antes de que sean procesadas y sistematizadas
para el informe o boletín a padres de familia.
16)
Derecho
a ser escuchados cuando hacen reclamos justos y enmarcados en el respeto, el
orden, la convivencia social y la diplomacia, proponiendo sugerencias cuando lo
considere necesario.
17)
Derecho
a recibir de los docentes una disculpa cuando estos se equivocan y reconocen
sus errores como seres humanos.
18)
Derecho
a recibir del colegio premios y estímulos acordes con sus méritos y
reconocimientos en público.
19)
Derecho
a que se le concedan permisos de ausencia para participar en torneos
deportivos, artísticos y culturales a nivel local, municipal, departamental,
nacional o internacional.
20)
Derecho
a ser comprendidos por los directivos, docentes y padres de familia teniendo en
cuenta que su edad escolar es muy particular y requiere de atención especial en
lo formativo.
21)
Derecho
a recibir apoyo y comprensión en los momentos de dificultad, como ocurre cuando
hay bajo rendimiento escolar y problemas de convivencia, comprobando que dichos
comportamientos no son ocasionados a propósito o por negligencia y desatención.
22)
Derecho
ser representado por sus padres de familia o acudientes cuando se le está
llevando a cabo un debido proceso académico o de convivencia social, de igual
manera tiene derecho a estar informado de todos los aspectos y decisiones que
se adopten en el trámite del debido proceso.
23)
Derecho
a conocer las observaciones, logros, competencias, estímulos y acciones
correctivas que se utilizaran antes de ser anotados en los instrumentos de
seguimiento académico o de convivencia social.
24)
Derecho
a ser motivados y estimulados académicamente por sus docentes y padres de
familia para alcanzar la superación de sus dificultades en cada periodo en las
fechas programadas como lo establece el decreto 1290.
25)
Derecho
a recibir una explicación oportuna de parte de los directivos y docentes cuando
ocurren cambios en la programación estipulada en el cronograma.
26)
Derecho
a recibir orientación académica, moral, psicológica, formativa, de sana
convivencia y fortalecimiento de sus valores en el colegio
27)
Derecho
a ser formado en sus buenos hábitos y protegido contra el uso de sustancias que
produzcan dependencia y demás actos que atenten contra sus principios morales.
28)
Derecho
a contar con docentes y directivos idóneos y capacitados en las áreas recibidas
y en el manejo pedagógico de los grupos.
29)
Derecho
a presentar evaluaciones extraordinarias dentro de los ocho (8) días hábiles
siguientes a la ausencia JUSTIFICADA por enfermedad o calamidad doméstica,
demostradas con certificación ante la coordinación.
30)
Derecho
a presentar y ser recibida la excusa o justificación dentro de los dos primeros
días de la inasistencia en la coordinación.
31)
Derecho
a participar en la Evaluación Institucional al finalizar el año escolar y a ser
invitado a los diferentes grupos colegiados del colegio.
32)
Derecho
a elegir y ser elegidos en el consejo estudiantil, consejo de grupos, personero estudiantil y demás asociaciones que tenga el
colegio por vía democrática o voluntaria para los estudiantes.
33)
Derecho
a ser escuchado y respetado en su dignidad personal cuando haya incurrido en
alguna falta y a hacer uso de su derecho a la defensa,
34)
Derecho
a que se le programen actividades individuales o grupales que sean requeridas y
necesarias para superar las insuficiencias o deficiencias, limitaciones o
debilidades, demostradas en la consecución de sus logros.
35)
Derecho
a recibir en corto tiempo sus exámenes, trabajos y otros requerimientos
académicos debidamente evaluados y valorados por los docentes.
36)
Derecho
a expresar libremente y sin temores, sus opiniones a cualquier miembro de la
comunidad educativa, siempre y cuando lo haga con respeto y diplomacia.
37)
Derecho
a conocer oportunamente de parte de los docentes, los programas, planes de
estudio y criterios de evaluación que recibirán en cada periodo al iniciar el
año escolar
38)
Derecho
a recibir un carné estudiantil que lo acredite como estudiante activo de la
institución educativa.
39)
Derecho
a una sana convivencia basado en el principio del respeto, dignidad y
tolerancia
B.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
Según la corte constitucional de Colombia, el
derecho a la educación no es absoluto porque es un Derecho – Deber que exige a
todos deberes tutela 534 de 1994 y por eso el colegio considera como deberes de
los estudiantes los contemplados en el artículo 13 del decreto 1290 y los
siguientes:
1)
Deber
de cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el colegio.
2) Deber de cumplir con las recomendaciones y
compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades
3) Deber de acoger plenamente todas las normas
expuestas en este Pacto de Convivencia, ya que su matrícula confirma el pleno
conocimiento y satisfacción para participar y cumplir con nuestra filosofía y horizonte
Institucional.
4) Deber de adecuar su comportamiento, dentro y fuera
del colegio, a las más elementales normas de educación aprendidas en sus
hogares.
5) Deber de cuidar y velar por su buen nombre, el de
su familia y el del colegio motivando el sentido de pertenencia.
6) Deber de ser puntuales llegando todos los días a la
hora señalada para la jornada escolar en
el horario para el inicio de las actividades.
La Jornada
escolar, es el tiempo diario que dedica el establecimiento educativo a sus
estudiantes en la prestación directa del servicio público educativo, de
Conformidad con las normas vigentes sobre calendario académico y con el plan de
estudios.
(Artículo 1 del Decreto 1850/2002). El horario de la jornada
escolar será definido por la rectora, dado a conocer y fijado en un lugar
visible de la institución, al iniciar el año lectivo, de conformidad con las
normas vigentes, el proyecto educativo institucional y el plan de estudios,
debe cumplirse durante las cuarenta (40) semanas lectivas establecidas por la
ley 115 de 1.994 y fijadas por el calendario académico de la respectiva entidad
territorial certificada. (Artículo 2 del decreto 850/2002).
El horario de la jornada escolar debe permitir a los estudiantes
el cumplimiento de las siguientes intensidades horarias mínimas semanales y
anuales, de actividades pedagógicas relacionadas con las áreas obligatorias y
fundamentales y con las asignaturas optativas, para cada uno de los grados de
la educación básica.
7) Deber de participar en todas las actividades
académicas, deportivas, culturales, científicas y religiosas que programe el
colegio.
8) Deber de presentar excusa médica o de calamidad
familiar a más tardar al segundo día cuando falte al colegio.
9) Deber de entregar en sus hogares oportunamente la
información, circulares, citaciones o notas de comunicación del colegio a las
Reuniones de Padres de Familia y demás actividades, devolviéndolas firmadas a
su director de grupo, docente, coordinador o rector.
10)
Deber
de responder INELUDIBLEMENTE por su comportamiento durante las actividades
programadas que involucren movilidad y presencia de otros grupos.
11)
Deber
de informar oportunamente cuando ocurra cualquier hecho que afecte su ética y
moral o la de la comunidad educativa.
12)
Deber
de respetar a directivos, docentes, personal administrativo, operativo,
compañeros y demás personas vinculadas al colegio mencionado en este Pacto de
Convivencia.
13)
Deber
de emplear siempre expresiones de cortesía y buen gusto para tratar a sus
compañeros.
14)
Deber
de respetar los valores y símbolos que identifican al colegio, los símbolos
religiosos, los símbolos patrios y demás iconos que caracterizan la identidad
institucional.
15)
Deber
de cuidar y conservar con esmero la presentación, aseo y pulcritud del salón de
clase, y en general, de las instalaciones
del colegio.
16)
Deber
de responder por el orden y cuidado del mobiliario, computadoras, televisores,
tables, proyectores, laboratorios, instrumentos musicales y otros objetos de
uso común que tiene la institución.
17)
Deber
de utilizar adecuada y oportunamente los recipientes para depositar las basuras
contribuyendo con la conservación del medio ambiente.
18)
Deber
de colaborar y participar en campañas de beneficio colectivo y servicio social
que programa el colegio.
19)
Deber
de responder por los costos en el caso de pérdidas, daños y/o reparaciones
causados a instrumentos, computadoras, televisores, tables, proyectores,
muebles, implementos deportivos, musicales o a cualquier instalación del
colegio y daño a la planta física cuando sea responsable de estos.
20)
Respetar
los documentos de control permanente que deben diligenciar los docentes en sus
clases, su asignación a un Estudiante para llevarlos implica responder por
ellos en el caso de daño o pérdida.
21)
Deber
de cuidar sus pertenencias y las de sus compañeros para evitar pérdidas o malos
entendidos en sus clases o durante su asistencia en la jornada.
22)
Deber
de usar y respetar el uniforme porque lo identifica ante la comunidad como un
estudiante y debe llevarlo siempre de acuerdo con las indicaciones y portarlo con
orgullo y decoro.
23)
Deber
de portar en su maletín únicamente todos los implementos para sus actividades
académicas y de aseo personal, pedidos en la lista de materiales.
24)
Deber
de mantener una postura digna educada en el descanso, corredores, aulas de clase
(bien sentados(as)– No en tumultos – No tendidos(as) en el suelo, no
sentados(as) o recostados sobre sus compañeros).
25)
Deber
de portar siempre el uniforme como se exige en este Pacto de convivencia, aún
en los descansos y cuando salen del colegio a eventos o para sus casas.
26)
Deber
de conservar un excelente hábito de higiene, aseo y presentación personal
27)
Deber
de cuidar y respetar a todos los niños, niños y adolecentes del colegio
28)
Deber
de representar dignamente, con orgullo y sentido de pertenencia al colegio cuando le sea encomendado en actos cívicos,
deportivos y culturales o cuando sea invitado a cualquier evento.
29)
Deber
de solicitar autorización para retirarse del colegio, con motivos previamente
justificados a la coordinación y en compañía de su acudiente.
30)
Deber
de permanecer en las aulas de clases durante la jornada escolar y no abandonar el
colegio en horas de clases sin que
exista una justificación que lo amerite.
31)
Deber
de respetar todos los bienes de los compañeros, profesores y miembros de la
comunidad educativa mencionada en este manual
32)
Deber
de respetar la privacidad de los compañeros, profesores y miembros de la
comunidad educativa mencionada en este manual
33)
Deber
de respetar a los medios de comunicación
que se emplean actualmente como redes sociales que tienen los miembros de la
comunidad educativa
C.
LIBERTADES DE LOS ESTUDIANTES.
El colegio reconoce en este Pacto de convivencia
que los niños, las niñas y las adolescentes gozan de las libertades consagradas en la Constitución
Política, en los tratados internacionales de Derechos Humanos y lo contemplado
en el artículo 37 de la ley 1098 donde forman parte de estas libertades las
siguientes.
1)
Libre
desarrollo de la personalidad y la autonomía personal.
2) Libertad de conciencia y de sus propias creencias.
3) Libertad para escoger su profesión u oficio.
4) Libertad de pensamiento.
5) Libertad de cultos.
11.4. DERECHOS, DEBERES
Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES
Quienes matriculen a sus hijos o acudidos en el colegio
GENERAL PEDRO ALCANTARA HERRAN, deben valorar la colaboración y la oportunidad
que el colegio les brinda para su adecuada formación integral y se deben
comprometer con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 38 y 39 de la
ley 1098 del nuevo código de la infancia y la adolescencia, lo señalado en la
constitución política y otras disposiciones legales y con el cumplimiento de
los siguientes Derechos, Deberes y obligaciones exigidas por este Pacto de
convivencia.
A. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
Son derechos de los padres de familia o acudientes
los que contempla la constitución política, el decreto 1286, 1098 y el 1290 de
2009 y lo establecido en este Pacto de convivencia considerados como derechos
en relación con la educación de sus hijos los siguientes:
1)
Derecho
a conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios,
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año
escolar.
2) Derecho a acompañar el proceso evaluativo de los
estudiantes.
3) Derecho a recibir los informes periódicos de
evaluación y valoración.
4) Derecho a recibir oportunamente respuestas a las
inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus
hijos o acudidos.
5) Derecho a recibir una copia al correo personal del
padre o acudiente del presente Pacto de convivencia al matricular a su hijo
para conocer, acoger y apoyar totalmente la institución, (de no contar con
correo, el padre de familia o acudiente se comprometerá a leerlo en el block
institucional).
6) Derecho a recibir información del Estado sobre los
establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para
prestar el servicio educativo.
7) Derecho a recibir oportunamente el resultado de la
evaluación periódica de cada período en la entrega de boletines según el
cronograma de actividades programado por la institución.
8) Derecho a justificar la no asistencia a las
reuniones programadas por la institución, acordando con el respectivo director
de grupo o docente del área, coordinador, psicólogo, rectora etc; otra fecha,
para ser atendido, con previa anticipación.
9) Derecho a ser atendido por los docentes, directivos
y personal que labora en la institución cuando lo considere necesario, solicitado cita con anticipación.
10)
Derecho
a recibir un trato comedido, cortés y adecuado cuando visite el colegio de
parte de los directivos, docentes, empleados y estudiantes.
11)
Derecho
a conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características
del colegio, los principios que orientan el proyecto educativo institucional,
el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas
básicas, el sistema de evaluación institucional y el plan de mejoramiento.
12)
Derecho
a expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto
del proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal
docente y directivo.
13)
Derecho
de participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que
están matriculados su hijos o acudidos y, de manera especial, en la
construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional.
14)
Derecho
a participar en la vida institucional con su colaboración en la consecución de
los objetivos, logros y metas de calidad propuestas por el colegio.
15)
Derecho
a exigir el cumplimiento de la jornada escolar de sus hijos o acudidos, diaria
y durante las 40 semanas lectivas del año escolar según el decreto 1850.
16)
Derecho
a recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha
del colegio y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso
educativo de sus hijos o acudido.
17)
Derecho
a recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el
rendimiento académico y el comportamiento social de sus hijos o acudidos.
18)
Derecho
a conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la
calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se
encuentran matriculados sus hijos.
19)
Derecho
a elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos
de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos
en la Ley General de Educación
20)
Derecho
a ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos
educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor
educación y el desarrollo armónico de sus hijos.
21)
Derecho
a interponer los recursos de reposición, apelación y legítima defensa o queja
cuando le sea aplicada una acción correctiva de tipo académico o de convivencia
social a su hijo o acudido y las considere que son injustas.
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